• Las iniciativas buscan formalizar las adhesiones legislativas y garantizar seguimiento a exhortos enviados por otros Congresos estatales

Mexicali, B.C., miércoles 20 de mayo de 2026.- El diputado Fidel Mogollón Pérez, presentó dos iniciativas de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, con la finalidad de establecer la figura de la adhesión a proposiciones con punto de acuerdo, así como regular el procedimiento de los puntos de acuerdo remitidos por otras legislaciones.

En la exposición de motivos, el legislador indica que es común que diputadas y diputados manifiesten su respaldo a proposiciones durante las sesiones del Pleno mediante adhesiones promovidas al momento de la discusión parlamentaria, sin embargo, esta práctica carece de reconocimiento formal dentro de la legislación vigente.

En ese sentido, precisó que la ausencia de reglas claras genera incertidumbre sobre los efectos y alcances de las adhesiones, así como sobre el seguimiento institucional que deben tener dentro del procedimiento legislativo, por lo que plantea incorporar mecanismos formales para su registro y control.

Por otro lado, refirió que los Congresos Estatales emiten puntos de acuerdo (exhortos, solicitudes de información o posicionamientos) que envían a sus homólogos para solicitar apoyo o generar posturas conjuntas ante temas de interés nacional, sin embargo, no existe un procedimiento ni una regulación específica para garantizar su análisis y resolución dentro del Congreso del Estado.

Esta falta de regulación fomenta que los puntos de acuerdo de otros Congresos pierdan su finalidad política, por lo que se pretende establecer la obligatoriedad de que la Presidencia del Congreso los turne a la Comisión correspondiente para su análisis y dictaminación en un plazo no mayor a 30 días hábiles y posteriormente se someta a votación del Pleno, para que se determine por mayoría simple su resolución.

Las iniciativas presentadas por el diputado Mogollón Pérez, buscan reformar el artículo 53 y adicionar el artículo 129 BIS de la Ley Orgánica del Poder Legislativo estatal, para establecer en las atribuciones el “registrar, integrar y dar seguimiento a las adhesiones a proposiciones con punto de acuerdo, en los términos previstos por esta Ley”, así como adicionar el artículo 118 BIS, para instituir el procedimiento de los Puntos de Acuerdo remitidos por otros Congresos estatales.